Ingreso mínimo vital para jóvenes en 2026

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La herramienta está puesta para alguien de 25 años que vive solo desde hace año y medio: cambia tus datos y ves qué requisito te falta y cuánto tiempo.

Vives

Solo cuenta si tienes menos de 30 años y vives solo.

Más datos
Tienes hijos a cargo
Víctima de violencia de género o trata

Requisitos personales

Falta alguno

Después cuentan los ingresos y el patrimonio

Edad (23 años, o 18 con hijos)✓ 25 años
Residencia legal de 1 año✓ 24 meses
Vida independiente (2 años)✗ 18 meses
12 meses de alta en ese periodo✗ 8 meses

El requisito de vida independiente no se pide a quien sale de un centro de menores, a personas sin hogar ni a quien ha iniciado la separación o el divorcio. Los requisitos deben cumplirse al pedir, al resolver y mientras se cobra.

Cómo se calcula

Preparado por Radif Partners · Método · Normativa leída en el BOE y en la Seguridad Social el 1 de noviembre de 2026

Un joven puede cobrar el ingreso mínimo vital, pero la ley le pide más que a un adulto de mayor edad. Quien vive solo debe tener al menos 23 años. Si tiene menos de 30, tiene que acreditar además que ha vivido de forma independiente, en un domicilio distinto del de sus padres, tutores o acogedores, durante los 2 años inmediatamente anteriores a la solicitud, y que en ese periodo ha estado al menos 12 meses de alta en la Seguridad Social, seguidos o no. A partir de los 30 años basta con un año en otro domicilio. Antes de los 23, solo puede ser titular quien tiene hijos o menores a su cargo, quien es víctima de violencia de género o de trata, quien estuvo tutelado por la administración en los tres años anteriores a cumplir 18 o quien sale de prisión tras más de seis meses. Quien vive con sus padres no puede pedir el IMV por su cuenta: forma parte de la unidad de sus padres, y son ellos quienes lo piden con los ingresos de todos. Un joven de 25 años que lleva 18 meses independizado y 8 de alta todavía no cumple: le faltan seis meses de vida independiente y cuatro de alta.

Por qué la ley pide más a los jóvenes

La regla está en el artículo 10.2 de la Ley 19/2021 y busca evitar que alguien salga de casa de sus padres solo para cobrar el IMV. Por eso pide una emancipación probada: dos años en otro domicilio y un vínculo mínimo con el empleo, doce meses de alta en ese tiempo. Para los de 30 años o más el listón baja a un año fuera de casa y desaparece el requisito de alta. La edad cuenta en la fecha de la solicitud.

La herramienta compara tus meses con los exigidos. El empadronamiento suele ser la prueba de vida independiente, y la vida laboral la del alta. Si te falta poco, la cuenta es sencilla: con 24 meses fuera de casa y 12 de alta cumples, sin necesidad de que sean seguidos.

Lo que te falta para cumplir

Requisitos personales

Los cumples

Edad (23 años, o 18 con hijos)✓ 25 años
Residencia legal de 1 año✓ 24 meses
Vida independiente (2 años)✓ 36 meses
12 meses de alta en ese periodo✓ 12 meses
Ver todos los requisitos →

Las excepciones

No se exige vida independiente a quien dejó de convivir con sus padres porque fallecieron, a las víctimas de violencia de género que salieron de su domicilio, a las personas sin hogar, a quien ha iniciado una separación o un divorcio, a las víctimas de trata y a quienes salen de prisión tras más de seis meses. Tampoco a los jóvenes de 18 a 22 años que vienen de centros residenciales de protección de menores. En todos estos casos hay que aportar la prueba: un certificado de los servicios sociales, la denuncia o la orden de protección, la demanda de separación o el certificado del centro.

Jóvenes con pareja o con hijos

Si vives con tu pareja, no pides solo: formáis una unidad de convivencia, que tiene que llevar formada seis meses, y el titular debe tener 23 años, o 18 si tenéis hijos. El requisito de dos años de vida independiente es para quien vive solo. Si empiezas a trabajar mientras cobras, el incentivo al empleo deja fuera los primeros 6000 € de aumento de sueldo en la revisión anual, una ventaja que también vale para el primer empleo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir el IMV con 20 años si vivo solo?

En general no: quien vive solo debe tener 23 años. Hay excepciones desde los 18: las víctimas de violencia de género o de trata, quienes estuvieron bajo la tutela de los servicios de protección de menores en los tres años anteriores a la mayoría de edad y quienes han salido de prisión tras más de seis meses. Con un hijo a cargo también se puede desde los 18.

¿Valen las prácticas o una beca para los doce meses de alta?

Valen si durante ellas estabas dado de alta en la Seguridad Social, como ocurre con las prácticas remuneradas y con las no remuneradas desde 2024, que cotizan. Cuentan también el alta como autónomo y en una mutualidad alternativa. Lo que no vale es el tiempo como estudiante sin alta. Consulta tu vida laboral para comprobar los días exactos.

¿Qué pasa si vuelvo a casa de mis padres mientras cobro el IMV?

Pasas a formar parte de la unidad de convivencia de tus padres, así que el IMV individual se extingue y la situación debe comunicarse en 30 días. La unidad de tus padres podría pedir el IMV con los ingresos de todos, incluidos los tuyos. La regla de los seis meses de unidad no se exige cuando se revisa una unidad que ya cobraba.

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Fuentes oficiales de esta página

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Editor de herramientas gratuitas sobre el ingreso mínimo vital en España: renta garantizada por unidad de convivencia, complemento de ayuda para la infancia, límites de patrimonio, IPREM y pensión no contributiva

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