La unidad de convivencia del ingreso mínimo vital en 2026

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Indica los adultos y menores que forman tu unidad: la herramienta da el techo de ingresos del año anterior a partir del cual ya no hay IMV.

Mayores de edad de la unidad de convivencia, tú incluido.

Monoparental
Discapacidad ≥ 65 %

Ingresos máximos del año anterior

16.606 €

por encima, no hay IMV (sí puede haber complemento por hijo)

Miembros de la unidad4
Renta garantizada mensual1394 €
Patrimonio neto máximo58.101 €
Ingresos máximos para el complemento por hijo50.178 €

Cuentan todos los que viven en el domicilio unidos por matrimonio, pareja de hecho o parentesco hasta segundo grado.

Cómo se calcula

Preparado por Radif Partners · Método · Normativa leída en el BOE y en la Seguridad Social el 1 de noviembre de 2026

El ingreso mínimo vital no se calcula por persona sino por unidad de convivencia: todas las personas que viven en el mismo domicilio y están unidas por matrimonio, pareja de hecho o parentesco hasta el segundo grado, de sangre, afinidad o adopción, más los menores en acogimiento permanente o guarda con fines de adopción. Padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos y suegros cuentan; tíos, sobrinos y primos no, y un compañero de piso sin parentesco tampoco. Una persona solo puede estar en una unidad, y la separación temporal por estudios, trabajo o tratamiento médico no la rompe. La ley permite formar unidad propia dentro de un domicilio compartido con la familia en tres casos: una mujer víctima de violencia de género que ha salido de su casa, quien ha iniciado una separación o divorcio y quien ha perdido su vivienda por desahucio o porque quedó inhabitable; en los dos últimos, solo durante tres años. El tamaño de la unidad decide la renta garantizada y, con ella, el techo de ingresos: una pareja con dos hijos deja de tener IMV si en 2025 ingresó 16.606,08 € o más.

Quién entra y quién no

El artículo 6 de la Ley 19/2021 define la unidad por dos condiciones a la vez: vivir en el mismo domicilio y tener un vínculo de matrimonio, pareja de hecho o parentesco hasta el segundo grado. El domicilio se acredita con el padrón. Quien vive temporalmente fuera por estudios, trabajo, un tratamiento o una rehabilitación sigue dentro. La regla de que nadie puede formar parte de dos unidades resuelve los casos de custodia compartida: el menor cuenta donde está domiciliado.

Quién forma unidad de convivencia
ParienteGrado¿Forma unidad?
Cónyuge o pareja de hecho-Sí
Padres e hijos1Sí
Suegros, yernos y nueras1Sí
Abuelos, nietos y hermanos2Sí
Cuñados2Sí
Tíos, sobrinos y primos3-4No
Compañeros de piso-No

Unidades independientes en una casa compartida

El artículo 7 crea tres excepciones para quien tiene que volver a un domicilio familiar. Una mujer víctima de violencia de género que deja su casa, con o sin sus hijos, forma unidad propia aunque viva con sus padres. Lo mismo quien ha iniciado los trámites de separación, nulidad o divorcio, o ha disuelto una pareja de hecho formalizada, y quien ha salido de su vivienda por desahucio o porque quedó inhabitable por un accidente o fuerza mayor. En estos dos últimos casos la unidad independiente dura tres años desde el hecho.

Para el IMV, la diferencia es grande. Una madre separada con un hijo que vuelve a casa de sus padres formaría con ellos una unidad de cuatro personas, con un techo de ingresos de 16.606 € que incluye las pensiones de los abuelos. Como unidad independiente, su techo es de 13.261 € y solo cuentan sus propios ingresos.

El techo de ingresos de tu unidad

Ingresos máximos del año anterior

16.606 €

Miembros de la unidad4
Renta garantizada mensual1394 €
Patrimonio neto máximo58.101 €
Ingresos máximos para el complemento por hijo50.178 €
Ver el detalle →

Cuándo cambia la unidad

Un nacimiento, una boda, la llegada de un familiar o la salida de un hijo mayor cambian la unidad y, con ella, la cuantía. Hay que comunicarlo en 30 días, y la nueva cuantía se aplica desde el mes siguiente al cambio si se comunica a tiempo. Si un miembro deja la casa, los que se quedan no necesitan esperar seis meses para seguir cobrando. La escala exacta de cada tamaño está en la página de cuantías y los requisitos de formación de la unidad, en la de requisitos.

Preguntas frecuentes

¿Mi hermano cuenta en la unidad si vive conmigo?

Sí. Los hermanos son parientes de segundo grado por consanguinidad, así que si estáis empadronados en el mismo domicilio formáis una unidad de convivencia, y sus ingresos se suman a los tuyos. Lo mismo ocurre con los abuelos, los nietos y los cuñados. Los tíos y sobrinos, que son tercer grado, no forman unidad contigo.

¿Qué pasa si comparto piso con personas que no son mi familia?

Los compañeros sin vínculo de pareja ni parentesco no forman unidad contigo y sus ingresos no se suman a los tuyos. Pero la ley pone una condición: quien convive con personas sin vínculo solo puede ser titular del IMV si está en riesgo de exclusión, acreditado con un certificado de los servicios sociales. Una habitación con contrato de uso exclusivo cuenta como domicilio propio.

¿Cuenta mi pareja si no estamos casados ni registrados?

Para la ley, la pareja de hecho es la que mantiene una relación análoga a la conyugal, sin otro vínculo matrimonial ni otra pareja, y la acredita con su inscripción en un registro o un documento público. Si no está formalizada, el INSS no la tratará como pareja de hecho, y si viviendo juntos no tenéis otro vínculo puede aplicarse la regla de convivientes sin parentesco.

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Fuentes oficiales de esta página

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Editor de herramientas gratuitas sobre el ingreso mínimo vital en España: renta garantizada por unidad de convivencia, complemento de ayuda para la infancia, límites de patrimonio, IPREM y pensión no contributiva

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