Complemento de ayuda para la infancia 2026
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Indica la edad de tus hijos, los adultos de la casa y lo que ingresasteis el año pasado: ves si cobráis el complemento y cuánto, aunque no tengáis IMV.
Complemento por hijo, al mes
173 €
2070 € al año
| Importe por edades | 173 € |
| Límite de ingresos (300 %) | 50.178 € |
| Tus ingresos de 2025 | 24.000 € |
| Límite de patrimonio (150 %) | 87.152 € |
| IMV además | no |
Por menor: 115 € hasta 3 años, 80,50 € de 3 a 6 y 57,50 € de 6 a 18. Se puede cobrar sin cobrar el IMV.
Preparado por Radif Partners · Método · Normativa leída en el BOE y en la Seguridad Social el 1 de noviembre de 2026
El complemento de ayuda para la infancia es una cantidad mensual por cada hijo menor de 18 años que se paga dentro del ingreso mínimo vital, pero con requisitos propios. En 2026 son 115 € al mes por cada niño menor de 3 años, 80,50 € entre 3 y 5 años y 57,50 € entre 6 y 17, con la edad cumplida a 1 de enero. Lo decisivo es su límite de ingresos: la familia puede haber ganado hasta tres veces la renta garantizada anual de su unidad, 42.255,36 € para dos adultos con un hijo o 50.178,24 € con dos. Por eso lo cobran muchas familias con sueldos normales que nunca tendrían IMV. El patrimonio neto, sin la vivienda, debe quedar por debajo del 150 % del límite del IMV, 71.305,92 € para tres personas. Una pareja con hijos de 2 y 4 años que ganó 28.000 euros netos no tiene IMV, pero cobra 196 € al mes de complemento, 2346 € al año.
Un límite de ingresos tres veces más alto
El artículo 11.6 de la Ley 19/2021 separa el complemento del IMV. Para el ingreso mínimo los ingresos del año anterior deben quedar al menos 10 € por debajo de la renta garantizada; para el complemento basta con no llegar al 300 % de esa renta. Una pareja con dos hijos pierde el IMV a partir de 16.606 € de ingresos anuales, pero mantiene el complemento hasta 50.178 €. Entre esas dos cifras está buena parte de las familias trabajadoras con hijos.
| Unidad | Ingresos máximos al año | Patrimonio neto máximo |
|---|---|---|
| 2 personas | 34.332 € | 55.460 € |
| 3 personas | 42.255 € | 71.306 € |
| 4 personas | 50.178 € | 87.152 € |
| 5 personas | 58.101 € | 102.997 € |
El patrimonio tiene su propia prueba: el neto, sin contar la vivienda habitual, debe ser inferior al 150 % del límite que se aplica al IMV. Además, los activos no societarios no pueden superar el límite general, y ser administrador de una sociedad en activo excluye igual que para el IMV.
Las cuantías por edad
La ley fijó en 2021 tres tramos de 100, 70 y 50 euros, y la Seguridad Social los ha actualizado desde entonces: en 2026 son 115 €, 80,50 € y 57,50 €. Se suman por cada hijo, sin tope: tres niños de 1, 4 y 9 años son 253 € al mes. A diferencia de la renta garantizada, el complemento no se reduce con los ingresos: o se cumple el límite y se cobra entero, o no se cobra.
En el ejemplo de arriba, la pareja con hijos de 2 y 4 años y 28.000 € de ingresos tiene un umbral de 50.178 € y cobra 195,50 € al mes. Si el año siguiente sus ingresos suben por encima del umbral, el complemento se suspende en la revisión anual, y vuelve si bajan.
Complemento para tus hijos
Complemento por hijo, al mes
173 €
| Importe por edades | 173 € |
| Límite de ingresos (300 %) | 50.178 € |
| Tus ingresos de 2025 | 24.000 € |
| Límite de patrimonio (150 %) | 87.152 € |
Cómo se pide
Con la misma solicitud del IMV en la sede de la Seguridad Social, marcando que se pide el complemento. Si ya cobras el IMV y tienes hijos, el complemento se reconoce en la misma resolución. Si no tienes derecho al IMV, el INSS resuelve solo el complemento. Los plazos y los atrasos son los mismos que explica la página de cómo solicitar.